PASOS PARA SOLICITAR UN TITULO
MINERO
1. Prospección del área de interés (toma y
recolección de rocas en campo)
2. Toma de coordenadas del sector en el que se
quiere trabajar
- Se puede solicitar un certificado de área libre ante la autoridad minera, dicha información es la manejada en el CMC: (https://tramites.anm.gov.co/Portal/pages/inicio.jsf)
- Revisar en el CMC si el área esta libre
- Pago en línea:
- Pago por recibo de consignación: luego de haber registrado la información solicitada le damos click en “RECIBO DE PAGO”. (ver recibo de pago).
·
Autorizaciones temporales: se debe imprimir el
formulario que aparece en la pantalla y diligenciarlo para radicarlo
directamente en las oficinas de la ANM o enviarlo por correo electrónico a solicitud.pin@anm.gov.co.
ü
Los PIN para la radicación
de solicitudes de autorizaciones temporales deberán tramitarse directamente
ante la Agencia Nacional de Minería. En este caso, el trámite no tiene costo
alguno.
·
Si es propuesta para contrato de concesión ingrese
a http://selenita.anm.gov.co:8585/PinesContratosConcesion/generaPinConcesion.php
y debe diligenciar la siguiente información:
ü
Pago por PSE o en línea:
- Si el pago es por recibo de consignación: dar click en “generar consignación” Si el pago del pin no se realizo en línea, entonces se debe generar un recibo de consignación el cual se puede pagar solo en el banco de Bogotá, debe imprimirse en impresora láser. El pago lo puede efectuar máximo hasta el tercer día hábil (contado a partir del momento en que se hizo la solicitud). Después de ese plazo, si no efectuó el pago, el PIN queda inhabilitado y tendrá que generar otro. El usuario podrá acceder al sistema el siguiente día hábil de haber realizado su pago. (ver recibo de consignación)
5.
Una vez generado el
comprobante de consignación con su respectivo PIN, en un segundo paso el
usuario debe ubicarse nuevamente en el enlace Radicador web. Allí le aparecerán
tres opciones: Radicar Solicitud, Tablero de Control y Consultar Solicitudes y
deberá seleccionar la opción de Radicar.
6.
El sistema mostrará una
plantilla en la cual debe diligenciar tipo de documento de identificación,
número del mismo y número del PIN. Luego, el sistema le solicitará -como mecanismo
de seguridad-, una prueba computacional denominada “captcha” que consiste en
una imagen (mezcla de números y palabras) que el usuario deberá digitar y luego
hacer clic en la opción “Entrar”. En este momento, el sistema valida los datos
de identificación y PIN que quedaron asociados automáticamente desde el momento
en que se generó el PIN; de no coincidir esta asociación, el sistema alertará
sobre el error y pedirá estos datos nuevamente.
7.
Si la imagen del captcha no
es clara, el usuario puede generar otra haciendo clic en el botón de
actualización. Si la prueba de digitación no coincide con la imagen, el sistema
alertará sobre el error y le generará otra.
8.
Para el
diligenciamiento de la solicitud una vez se ingrese con el numero de documento
y pin no hay un límite de tiempo, siempre y cuando se mantenga alguna actividad
dentro de la pantalla (si el sistema detecta que no hay ninguna actividad
durante 15 minutos, se desactivará su sesión y deberá volver a ingresar al
sistema).
9.
El usuario encontrará en pantalla tres pestañas: Datos del
Solicitante, Datos de la Solicitud y Datos de Localización. Podrá ingresar los
datos en cualquiera de las pestañas, sin importar el orden en que lo haga pero
al completar los datos de una pestaña, deberá guardarlos para asegurar que su
información quede registrada.
En caso de abandonar el sistema o que el
sistema se interrumpa por una falla del computador o alteración del fluido
eléctrico, entre otros, es importante entender que el sistema se cerrará
automáticamente así como por inactividad durante quince minutos continuos. De
igual manera, el sistema conserva visible la información registrada para ser
modificada durante el mismo día en que esté realizando el trámite. Si el
usuario no concluye su radicación en ese periodo, deberá registrar los datos
el día siguiente nuevamente desde el inicio. Si el usuario concluye su
radicación, el PIN queda automáticamente inhabilitado porque ya fue registrado
y ha generado una placa asociada a la solicitud.
Recuerde que el número de la
placa que le asigna el sistema a través de la constancia de radicación será el
instrumento que dará cumplimiento al principio “primero en el tiempo primero en
el derecho”.
10. ¿Qué información se debe tener lista para los Datos de Solicitante?
En la pantalla de ingreso, al seleccionar el tipo de documento, el sistema determinará el solicitante principal, cuyos datos de identificación aparecerán automáticamente según corresponda a Persona Natural o Jurídica. Dichos datos no se pueden eliminar, solo modificar.
El usuario debe diligenciar sus datos personales faltantes según corresponda a una persona Natural o Jurídica (nombres, dirección, teléfono, domicilio, fecha de nacimiento, correo electrónico, y adicionalmente datos del representante legal en el caso de ser persona jurídica).
El usuario podrá agregar los solicitantes secundarios que requiera y de cualquier tipo, los cuales podrán eliminarse si es necesario. El sistema alertará si hay datos obligatorios - marcados con asterisco (*) - faltantes. Al finalizar el registro de estos datos, el usuario podrá utilizar la opción Guardar en cuyo caso el sistema le exigirá una prueba de Captcha.
10. ¿Qué información se debe tener lista para los Datos de Solicitante?
En la pantalla de ingreso, al seleccionar el tipo de documento, el sistema determinará el solicitante principal, cuyos datos de identificación aparecerán automáticamente según corresponda a Persona Natural o Jurídica. Dichos datos no se pueden eliminar, solo modificar.
El usuario debe diligenciar sus datos personales faltantes según corresponda a una persona Natural o Jurídica (nombres, dirección, teléfono, domicilio, fecha de nacimiento, correo electrónico, y adicionalmente datos del representante legal en el caso de ser persona jurídica).
El usuario podrá agregar los solicitantes secundarios que requiera y de cualquier tipo, los cuales podrán eliminarse si es necesario. El sistema alertará si hay datos obligatorios - marcados con asterisco (*) - faltantes. Al finalizar el registro de estos datos, el usuario podrá utilizar la opción Guardar en cuyo caso el sistema le exigirá una prueba de Captcha.
11.
¿Qué
información se debe tener lista para los Datos de la Solicitud?
Esta pestaña consta de varias
secciones. En primer lugar, debe seleccionar un mineral y adicionar los que
considere necesarios; luego, debe diligenciar las siguientes secciones requeridas,
según la modalidad a la cual pertenece la solicitud:
1. Autor del
plano topográfico.
2. Selección
de autoridades ambientales.
3. Existencia
de grupos étnicos.
4. Existencia
de zonas mineras de comunidades indígenas o mixtas.
5. Existencia
de zonas de minería restringida.
6. Estimado
de la inversión en el periodo de exploración.*
El sistema alertará si hay datos
obligatorios - marcados con asterisco (*) - faltantes. Al finalizar el
registro, el usuario podrá utilizar la opción Guardar en cuyo caso el sistema
le exigirá una prueba de Captcha.
*Para Autorizaciones Temporales
no aplica el numeral 6 de la lista anterior.
12. ¿Todas las
secciones deben ser diligenciadas?
Todas son
aplicables para Propuesta de Contrato de Concesión y para Autorización Temporal.
Cabe anotar que para las Solicitudes de Contratos de Concesión se debe
seleccionar un campo adicional de “Aceptación de términos de referencia”. Es
importante precisar que para Autorizaciones Temporales el mineral ya viene
seleccionado como “Materiales de construcción”.
Las
secciones obligatorias se encuentran identificadas con asterisco (*)
13. ¿Qué información
debe tener el usuario para la sección del autor del plano topográfico?
Matrícula
profesional, nombre y apellidos completos. Es importante tener en cuenta que de
conformidad con el artículo 270 del Código de Minas, todo documento de orden
técnico, entre ellos los planos mineros, deberá ser refrendado por un geólogo,
ingeniero de minas o ingeniero geólogo con matrícula profesional.
14. En la selección
de autoridades ambientales, ¿a qué hace referencia?
A las
Corporaciones Autónomas Regionales competentes según la jurisdicción de la
solicitud. Puede adicionar varias autoridades.
15. Sobre las secciones de existencia de comunidades y áreas
restringidas, ¿qué información se solicita?
Básicamente el usuario debe
indicar si en el área objeto de solicitud existe presencia o no de grupos
étnicos y si ésta se encuentra en zonas de minería restringida, de conformidad
con lo previsto en el artículo 35 del Código de Minas, entre otros.
16. Una vez diligenciadas las secciones de Datos de la Solicitud, ¿qué
sigue?
El usuario continuará con el diligenciamiento
de los Datos de Localización. Allí debe ingresar la información de las
coordenadas del polígono de interés. El orden de las coordenadas es X (Norte) y
Y (Este). El usuario puede registrar sus coordenadas manualmente ingresando
cada dato, o puede utilizar la opción de cargar un archivo. El archivo de
coordenadas es un archivo plano donde se encuentren previamente digitados los
datos X y Y separados por dos puntos (:) y al final de la línea va punto y coma
(;).
Las coordenadas X y Y deben ser
números enteros. El sistema de georeferenciación que utiliza el sistema es
Coordenadas Planas de Gauss.
17. ¿El sistema muestra un plano posterior al diligenciamiento de las
coordenadas del polígono?
Sí, el usuario puede y debe visualizar el área. Si no lo visualiza, cuando vaya a finalizar la radicación, el sistema
alertará para que lo haga. Un polígono en color VERDE significa que los datos
fueron ingresados correctamente. Un polígono en color ROJO, revela que la
información se ingresó incorrectamente (irregularidades como corbatines,
áreas superiores a diez mil hectáreas o áreas fuera total o parcialmente del
territorio nacional), por lo cual no se podrá radicar y será necesario
corregir el área de interés.
- ¿El sistema puede reportar si el área de interés se superpone total o parcialmente con una solicitud anterior o título minero vigente? El sistema NO ejecutará procesos de recorte de área al radicar la solicitud minera ni validará eventos de superposición sobre otros títulos o áreas restringidas. Es decir, el usuario deberá validar previamente que el área objeto de su solicitud no se encuentre adjudicado u ocupado por título minero o solicitud anterior vigente.
- ¿Dónde se puede verificar esta información? El usuario puede verificar que el área de su interés no coincida con otra ya asignada y evitarle a la autoridad minera un trámite innecesario a través del Catastro Minero Colombiano (CMC), con acceso disponible a través del sitio web www.anm.gov.co
18. Una vez generada la visualización en verde, ¿qué pasa?
El usuario
deberá culminar su trámite haciendo clic en la opción “Radicar” y el sistema
le exigirá una prueba de Captcha. A continuación desplegará un aviso que le
informará que se está generando su constancia de radicación y le mostrará su
imagen en la pantalla la cual puede ser impresa.
19. Con la constancia, ¿se llega al tercer paso?
Si, el
tercer paso es la consulta de solicitud. El turno adjudicado durante el día y
algunos datos básicos podrán consultarse de inmediato a través de la opción
Tablero de Control que se encuentra en la ventana del Radicador de Solicitudes
Mineras a la que ingresó por www.anm.gov.co, enlace Radicador Web.
De igual manera, la constancia generada y otras constancias radicadas pueden
consultarse de inmediato mediante la opción Consultar Constancia en esa misma
ventana. La información de las solicitudes radicadas se puede revisar en el
sistema al siguiente día hábil.
TABLERO DE CONTROL
20.
Después de tener la Constancia de Radicación, ¿qué sigue?
A partir del día siguiente de
haber efectuado la radicación, el solicitante tendrá tres (3) días hábiles
para llevar los documentos soporte de su solicitud a los Puntos de Atención
Regional de la ANM.
El solicitante entregará los
siguientes documentos en orden para iniciar el estudio de la propuesta:
1. Constancia de radicación
2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía (persona natural)
3. Certificado de existencia y representación legal (Art. 17 Código
de Minas)
4. Fotocopia de la Cédula del Representante Legal (personas
jurídicas)
5. Fotocopia del NIT (persona jurídica)
6. Plano (cumplir con el Decreto 3290 de 2003 y el Art. 270 del
Código de Minas)
7. Anexo técnico (Documento que describa los trabajos de exploración)
8. Fotocopia de la tarjeta profesional del Geólogo o Ingeniero de
Minas, autor del plano.
9. Estimativo de la inversión económica.*
10. Fotocopia de la tarjeta profesional del Contador. (Solo aplica
para la presentación de estados financieros)*
*Para
las Autorizaciones Temporales no aplican los numerales 9 y 10.
Sin embargo,
el solicitante de una Autorización Temporal debe presentar el contrato o
certificación de la obra con las especificaciones de ley.
·
¿Estos mismos
documentos se deben entregar en otros lugares del país?
Si,
el mismo procedimiento se realizará en los Puntos de Atención Regional de la
Agencia Nacional de Minería. Para Antioquia el proceso de recepción de
documentos se hará directamente en la Gobernación para las solicitudes que
tengan toda el área del polígono dentro del departamento. No obstante, si la
solicitud tiene un polígono que abarca dos o más departamentos incluido el de
Antioquía, la recepción se hará en los Puntos de Atención Regional de la ANM.
·
Una vez
entregados los documentos ¿qué sigue?
El
personal que recibirá la documentación realizará una verificación a los documentos
y le entregará una constancia de recibido con su respectiva firma.
·
¿Si tiene dudas,
a dónde se puede comunicar?
La
Agencia Nacional de Minería habilitó a nivel nacional la línea gratuita 01 8000
933 833 y en Bogotá el conmutador 220 19 99 extensión 6000. También el correo
electrónico: radicadorweb@anm.gov.co para resolver sus inquietudes.
·
¿El solicitante
podrá tener una orientación personalizada para diligenciar su solicitud?
Si,
en los Puntos de Atención Regional y en Compensar, podrá acceder al Radicador
Asistido con ayuda de los funcionarios de la ANM. Es importante que el usuario
tenga a mano la información que se debe registrar en el sistema para facilitar
el proceso. Actualmente la Radicación asistida en Bogotá se lleva a cabo en el
Grupo de Atención al Minero ubicado en la Avenida Calle 26 N° 59-51 Torre 3
Local 107.
·
¿En qué tiempo
responderá la Autoridad Minera la solicitud?
Con
la radicación de la solicitud, se inicia un procedimiento administrativo dentro
del cual la solicitud será objeto de evaluación a fin de verificar el
cumplimiento de los requisitos técnico - jurídicos - económicos establecidos en
la ley.
21. Reporte Estudio técnico por parte de la autoridad minera.
22. Firma de contrato de concesión.
23. Exploración minera
24. Construcción y Montaje
25. Explotación
26. Cierre de Minas
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