martes, 14 de febrero de 2017

PASOS PARA SOLICITAR UN TITULO MINERO

1. Prospección del área de interés (toma y recolección de rocas en campo)
2. Toma de coordenadas del sector en el que se quiere trabajar
3. Verificación de la condición del área a pedir:


  •  Pago en línea:
  • Pago por recibo de consignación: luego de haber registrado la información solicitada le damos click en “RECIBO DE PAGO”. (ver recibo de pago).
4. Compra de pin en la página www.anm.gov.co – catastro minero – solicitud de pin – escoger tipo de solicitud a realizar (propuesta de contrato de concesión o autorizaciones temporales).

·         Autorizaciones temporales: se debe imprimir el formulario que aparece en la pantalla y diligenciarlo para radicarlo directamente en las oficinas de la ANM o enviarlo por correo electrónico a solicitud.pin@anm.gov.co.
ü  Los PIN para la radicación de solicitudes de autorizaciones temporales deberán tramitarse directamente ante la Agencia Nacional de Minería. En este caso, el trámite no tiene costo alguno.

·         Si es propuesta para contrato de concesión ingrese a http://selenita.anm.gov.co:8585/PinesContratosConcesion/generaPinConcesion.php y debe diligenciar la siguiente información:

     ü   Pago por PSE o en línea:
  • Si el pago es por recibo de consignación: dar click en “generar consignación” Si el pago del pin no se realizo en línea, entonces se debe generar un recibo de consignación el cual se puede pagar solo en el banco de Bogotá, debe imprimirse en impresora láser. El pago lo puede efectuar máximo hasta el tercer día hábil (contado a partir del momento en que se hizo la solicitud). Después de ese plazo, si no efectuó el pago, el PIN queda inhabilitado y tendrá que generar otro. El usuario podrá acceder al sistema el siguiente día hábil de haber realizado su pago. (ver recibo de consignación)
5.         Una vez generado el comprobante de consignación con su respectivo PIN, en un segundo paso el usuario debe ubicarse nuevamente en el enlace Radicador web. Allí le aparecerán tres opciones: Radicar Solicitud, Tablero de Control y Consultar Solicitudes y deberá seleccionar la opción de Radicar.

6.         El sistema mostrará una plantilla en la cual debe diligenciar tipo de documento de identificación, número del mismo y número del PIN. Luego, el sistema le solicitará -como mecanismo de seguridad-, una prueba computacional denominada “captcha” que consiste en una imagen (mezcla de números y palabras) que el usuario deberá digitar y luego hacer clic en la opción “Entrar”. En este momento, el sistema valida los datos de identificación y PIN que quedaron asociados automáticamente desde el momento en que se generó el PIN; de no coincidir esta asociación, el sistema alertará sobre el error y pedirá estos datos nuevamente.

7.         Si la imagen del captcha no es clara, el usuario puede generar otra haciendo clic en el botón de actualización. Si la prueba de digitación no coincide con la imagen, el sistema alertará sobre el error y le generará otra.

8.         Para el diligenciamiento de la solicitud una vez se ingrese con el numero de documento y pin no hay un límite de tiempo, siempre y cuando se mantenga alguna actividad dentro de la pantalla (si el sistema detecta que no hay ninguna actividad durante 15 minutos, se desactivará su sesión y deberá volver a ingresar al sistema).

9.         El usuario encontrará en pantalla tres pestañas: Datos del Solicitante, Datos de la Solicitud y Datos de Localización. Podrá ingresar los datos en cualquiera de las pestañas, sin importar el orden en que lo haga pero al completar los datos de una pestaña, deberá guardarlos para asegurar que su información quede registrada.
En caso de abandonar el sistema o que el sistema se interrumpa por una falla del computa­dor o alteración del fluido eléctrico, entre otros, es importante entender que el sistema se cerrará automáticamente así como por inactividad duran­te quince minutos continuos. De igual manera, el sistema conserva visible la información registrada para ser modificada durante el mismo día en que esté realizando el trámite. Si el usuario no concluye su ra­dicación en ese periodo, de­berá registrar los datos el día siguiente nuevamente desde el inicio. Si el usuario conclu­ye su radicación, el PIN queda automáticamente inhabilitado porque ya fue registrado y ha generado una placa asociada a la solicitud.
Recuerde que el número de la placa que le asigna el sistema a través de la constancia de radicación será el instrumento que dará cumplimiento al principio “primero en el tiempo primero en el derecho”.


10.  ¿Qué información se debe tener lista para los Datos de Solicitante?
En la pantalla de ingreso, al seleccionar el tipo de documento, el sistema deter­minará el solicitante principal, cuyos datos de identificación aparecerán automá­ticamente según corresponda a Persona Natural o Jurídica. Dichos datos no se pueden eliminar, solo modificar.
El usuario debe diligenciar sus datos personales faltantes según corresponda a una persona Natural o Jurídica (nombres, dirección, teléfono, domicilio, fecha de nacimiento, correo electrónico, y adicionalmente datos del representante legal en el caso de ser persona jurídica).
El usuario podrá agregar los solicitantes secundarios que requiera y de cualquier tipo, los cuales podrán eli­minarse si es necesario. El sistema alertará si hay da­tos obligatorios - marcados con asterisco (*) - faltan­tes. Al finalizar el registro de estos datos, el usua­rio podrá utilizar la opción Guardar en cuyo caso el sis­tema le exigirá una prueba de Captcha.

       11.      ¿Qué información se debe tener lista para los Datos de la Solicitud?
Esta pestaña consta de varias secciones. En primer lugar, debe seleccionar un mineral y adicionar los que considere necesarios; luego, debe diligenciar las siguientes secciones re­queridas, según la modalidad a la cual pertenece la solicitud:
1. Autor del plano topográfico.
2. Selección de autoridades ambientales.
3. Existencia de grupos étnicos.
4. Existencia de zonas mineras de comunidades indígenas o mixtas.
5. Existencia de zonas de minería restringida.
6. Estimado de la inversión en el periodo de exploración.*
El sistema alertará si hay datos obligatorios - marcados con asterisco (*) - faltantes. Al finalizar el registro, el usuario po­drá utilizar la opción Guardar en cuyo caso el sistema le exigirá una prueba de Captcha.
*Para Autorizaciones Temporales no aplica el numeral 6 de la lista anterior.


12. ¿Todas las secciones de­ben ser diligenciadas?

Todas son aplicables para Pro­puesta de Contrato de Conce­sión y para Autorización Tem­poral. Cabe anotar que para las Solicitudes de Contratos de Concesión se debe seleccionar un campo adicional de “Acep­tación de términos de referencia”. Es importante precisar que para Autorizaciones Tempora­les el mineral ya viene seleccionado como “Materiales de construcción”.
Las secciones obligatorias se encuentran identificadas con asterisco (*)



13.  ¿Qué información debe tener el usuario para la sección del autor del plano topográfico?
Matrícula profesional, nombre y apellidos completos. Es importante tener en cuenta que de conformidad con el artículo 270 del Código de Minas, todo documento de orden técnico, entre ellos los planos mineros, deberá ser refrendado por un geólogo, ingeniero de minas o ingeniero geólogo con matrícula profesional.


14.  En la selección de autoridades ambientales, ¿a qué hace referencia?
A las Corporaciones Autónomas Regionales competentes según la jurisdicción de la solicitud. Puede adicionar varias autoridades.


15. Sobre las secciones de existencia de comunidades y áreas restringidas, ¿qué información se solicita?

Básicamente el usuario debe indicar si en el área objeto de solicitud existe presencia o no de grupos étnicos y si ésta se encuentra en zonas de minería restringida, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 del Código de Minas, entre otros.

16. Una vez diligenciadas las secciones de Datos de la Solicitud, ¿qué sigue?
El usuario continuará con el dili­genciamiento de los Datos de Lo­calización. Allí debe ingresar la in­formación de las coordenadas del polígono de interés. El orden de las coordenadas es X (Norte) y Y (Este). El usuario puede registrar sus coordenadas manualmente in­gresando cada dato, o puede utili­zar la opción de cargar un archivo. El archivo de coordenadas es un archivo plano donde se encuentren previamente digitados los datos X y Y separados por dos puntos (:) y al final de la línea va punto y coma (;).
Las coordenadas X y Y deben ser números enteros. El sistema de georeferencia­ción que utiliza el sistema es Coordenadas Planas de Gauss.

17. ¿El sistema muestra un plano posterior al diligenciamiento de las coordenadas del polígono?
Sí, el usuario puede y debe visualizar el área. Si no lo visua­liza, cuando vaya a finalizar la radicación, el sistema alertará para que lo haga. Un polígono en color VERDE significa que los datos fueron ingresados correc­tamente. Un polígono en color ROJO, revela que la informa­ción se ingresó incorrectamente (irregularidades como corbati­nes, áreas superiores a diez mil hectáreas o áreas fuera total o parcialmente del territorio na­cional), por lo cual no se podrá radicar y será necesario corregir el área de interés.
  • ¿El sistema puede reportar si el área de interés se superpone total o parcial­mente con una solicitud anterior o título minero vigente?  El sistema NO ejecutará procesos de recorte de área al radicar la solicitud minera ni validará eventos de superposición sobre otros títulos o áreas restringidas. Es decir, el usuario deberá validar previamente que el área objeto de su solicitud no se encuentre adjudicado u ocupado por título minero o solicitud anterior vigente.
  • ¿Dónde se puede verificar esta información? El usuario puede verificar que el área de su interés no coincida con otra ya asignada y evi­tarle a la autoridad minera un trámite innecesario a través del Catastro Minero Colombiano (CMC), con acceso disponible a través del sitio web www.anm.gov.co


18. Una vez generada la visualización en verde, ¿qué pasa?



El usuario deberá culminar su trámite haciendo clic en la op­ción “Radicar” y el sistema le exigirá una prueba de Captcha. A continuación desplegará un aviso que le informará que se está generando su constancia de radicación y le mostrará su imagen en la pantalla la cual puede ser impresa.

          19. Con la constancia, ¿se llega al tercer paso?
              Si, el tercer paso es la consulta de solicitud. El turno adjudicado durante el día y algunos                     datos básicos podrán consultarse de in­mediato a través de la opción Tablero de Control que                 se encuentra en la ventana del Radicador de Solicitudes Mineras a la que ingresó por                           www.anm.gov.co, enlace Radicador Web. De igual mane­ra, la constancia generada y otras                 constancias radicadas pueden consultarse de inmediato mediante la opción Consultar                           Constancia en esa misma ventana. La información de las solicitudes radicadas se puede                       revisar en el sistema al siguiente día hábil.

                                                                          TABLERO DE CONTROL

CONSULTAR CONSTANCIAS

20.   Después de tener la Constancia de Radicación, ¿qué sigue?
A partir del día siguiente de haber efectuado la radicación, el solicitan­te tendrá tres (3) días hábiles para llevar los documentos soporte de su solicitud a los Puntos de Atención Regional de la ANM.
El solicitante entregará los siguientes documentos en orden para iniciar el estudio de la propuesta:
1. Constancia de radicación
2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía (persona natural)
3. Certificado de existencia y representación legal (Art. 17 Código de Minas)
4. Fotocopia de la Cédula del Representante Legal (personas jurídicas)
5. Fotocopia del NIT (persona jurídica)
6. Plano (cumplir con el Decreto 3290 de 2003 y el Art. 270 del Código de Minas)
7. Anexo técnico (Documento que describa los trabajos de exploración)
8. Fotocopia de la tarjeta profesional del Geólogo o Ingeniero de Minas, autor del plano.
9. Estimativo de la inversión económica.*
10. Fotocopia de la tarjeta profesional del Contador. (Solo aplica para la presentación de estados financieros)*
*Para las Autorizaciones Temporales no aplican los numerales 9 y 10.
Sin embargo, el solicitante de una Autorización Temporal debe presentar el contrato o certificación de la obra con las especifi­caciones de ley.

·         ¿Estos mismos documentos se deben entregar en otros lugares del país?
Si, el mismo procedimiento se realizará en los Puntos de Atención Regional de la Agencia Nacional de Minería. Para Antioquia el proceso de recepción de documentos se hará directamente en la Goberna­ción para las solicitudes que tengan toda el área del polígono dentro del departamento. No obstante, si la solicitud tiene un polígono que abarca dos o más departamentos incluido el de Antioquía, la recepción se hará en los Puntos de Atención Regional de la ANM.

·         Una vez entregados los documentos ¿qué sigue?
El personal que recibirá la documentación realizará una verificación a los documentos y le entregará una constancia de recibido con su respectiva firma.

·         ¿Si tiene dudas, a dónde se puede comunicar?
La Agencia Nacional de Minería habilitó a nivel nacional la línea gratuita 01 8000 933 833 y en Bo­gotá el conmutador 220 19 99 extensión 6000. También el correo electrónico: radicadorweb@anm.gov.co para resolver sus inquietudes.

·         ¿El solicitante podrá tener una orientación personalizada para diligenciar su solicitud?
Si, en los Puntos de Atención Regional y en Compensar, podrá acceder al Radicador Asistido con ayuda de los funcionarios de la ANM. Es importante que el usuario tenga a mano la información que se debe registrar en el sistema para facilitar el proceso. Actualmente la Radicación asistida en Bogotá se lleva a cabo en el Grupo de Atención al Minero ubicado en la Avenida Calle 26 N° 59-51 Torre 3 Local 107.

·         ¿En qué tiempo responderá la Autoridad Minera la solicitud?
Con la radicación de la solicitud, se inicia un procedimiento administrativo dentro del cual la solicitud será objeto de evaluación a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos técnico - jurídicos - económicos establecidos en la ley.

21. Reporte Estudio técnico por parte de la autoridad minera.
22. Firma de contrato de concesión.
23. Exploración minera
24. Construcción y Montaje
25. Explotación
26. Cierre de Minas


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